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Del cumplimiento cosmético al cumplimiento efectivo: el reto real del sector cooperativo y financiero

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Por Licda. Katia Morales

En los últimos años, el discurso sobre cumplimiento normativo y prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLAFT) se ha fortalecido de manera significativa en el sector financiero ampliado. Manuales actualizados, matrices de riesgo formalmente estructuradas, oficiales de cumplimiento designados y reportes periódicos parecen evidenciar avances importantes. Sin embargo, la pregunta de fondo sigue vigente: ¿estamos ante un cumplimiento real o simplemente ante un cumplimiento cosmético?

¿Qué es el cumplimiento cosmético?

El cumplimiento cosmético es aquel que se concentra en «tener el documento», pero no necesariamente en gestionar el riesgo. Se manifiesta en políticas replicadas sin adaptación a la realidad institucional, matrices que no reflejan el verdadero riesgo inherente, evaluaciones nacionales de riesgo que se citan, pero no se internalizan, y estructuras de control que existen en el organigrama, pero no en la práctica operativa. Es el cumplimiento que busca superar una inspección, no proteger a la organización. Y esta no es una debilidad exclusiva de un sector en particular; es una realidad transversal.

El cumplimiento efectivo: una visión integral del riesgo

En contraste, el cumplimiento efectivo parte de una premisa distinta: comprender el riesgo como un fenómeno dinámico, evolutivo y sistémico. Implica identificar con precisión el riesgo inherente de la entidad, empresa o grupo —según sus productos, canales, jurisdicciones y perfil de asociados o clientes—; evaluar objetivamente la calidad de los controles; y determinar un riesgo residual coherente con la exposición real. Supone, además, una cultura institucional en la que el oficial de cumplimiento no es un actor aislado, sino un eje transversal que interactúa con la alta dirección, los órganos de control y la auditoría interna.

La corresponsabilidad como pilar fundamental

No se trata aquí de señalar sectores específicos, sino de hacer un llamado claro a la corresponsabilidad. Los oficiales de cumplimiento deben ejercer su rol conforme a las exigencias regulatorias de su sector; los órganos de gobierno y control deben asumir su responsabilidad estratégica; las auditorías internas y externas deben actuar como verdaderos garantes de la efectividad normativa; y los asesores no pueden permanecer como observadores pasivos, sino responder con el rigor técnico que justifica la confianza depositada en ellos.

Regular inteligentemente, no sobrerregular

Tampoco se trata de sobrerregular. Regular inteligentemente significa aplicar el principio de proporcionalidad, supervisar con enfoque basado en riesgos y comprender la naturaleza particular de cada organización. Más normas no garantizan mejores resultados; mejores prácticas, sí.

La transformación cultural como meta

La verdadera transformación no ocurre cuando se aprueba un manual, sino cuando la gobernanza asume que la gestión del riesgo es parte integral del modelo de negocio y no una carga administrativa. El cumplimiento deja de ser cosmético cuando la prevención permea la cultura institucional, cuando las decisiones estratégicas incorporan el análisis de riesgos y cuando los órganos directivos entienden que la reputación, la sostenibilidad y la confianza pública dependen directamente de la solidez del sistema de cumplimiento.

El desafío no es tener más normas. Es lograr que las normas funcionen.

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