En la República Dominicana persisten conflictos y tensiones derivados de la ocupación irregular de terrenos públicos, ventas ilegítimas de propiedades estatales y la falta de control institucional sobre bienes que deberían estar al servicio del bien común. Casos como el uso indebido de tierras del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), la multiplicación de asentamientos informales en zonas urbanas vulnerables, y la ocupación prolongada de inmuebles del Estado por particulares sin justificación legal, reflejan una problemática sistémica aún no abordada con una política integral. Ante este panorama, surge la necesidad de estructurar una respuesta de Estado.
Un Plan Nacional de Restitución de Bienes es un conjunto de políticas, mecanismos legales, administrativos y sociales orientados a devolver o recuperar bienes que han sido despojados, ocupados irregularmente, explotados de forma ilegítima o abandonados. Su objetivo es restaurar los derechos de los propietarios legítimos o del Estado, reparar injusticias históricas y promover un uso justo, equitativo y sostenible del territorio., mecanismos legales, administrativos y sociales orientados a devolver o recuperar bienes que han sido despojados, ocupados irregularmente, explotados de forma ilegítima o abandonados. Su objetivo es restaurar los derechos de los propietarios legítimos o del Estado, reparar injusticias históricas y promover un uso justo, equitativo y sostenible del territorio.
Producto de que la República Dominicana ha iniciado a lo largo de los años una serie de reformas para fortalecer su sistema legal y su institucionalidad democrática, se han creado leyes fundamentales para garantizar el desarrollo ordenado del territorio y la sustentabilidad de sus ciudadanos. La más reciente, la Ley 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos, junto con su reglamento de aplicación, representa un hito en la modernización normativa del país. Sin embargo, esta ley deja al descubierto una laguna crítica: la ausencia de mecanismos institucionales robustos que permitan revertir las apropiaciones ilegales, el abandono sistemático o el uso irregular de bienes, ya sean públicos o privados, que históricamente han debilitado la cohesión territorial y social del país. En este contexto, se hace impostergable la formulación e implementación de un Plan Nacional de Restitución de Bienes, ajustado a la realidad dominicana, que permita corregir décadas de despojo encubierto, negligencia institucional y desorden en la ocupación del suelo.
El tema de la restitución de bienes no debe asociarse únicamente con contextos de guerra o desplazamiento forzado masivo. También aplica en escenarios como el dominicano, donde miles de propiedades estatales y comunales han sido ocupadas, vendidas irregularmente, transferidas sin títulos válidos o explotadas por intereses particulares sin mecanismos claros de rendición de cuentas. La informalidad en la tenencia de la tierra, la falta de registros actualizados, los conflictos por propiedad heredada sin documentación y la utilización privada de bienes públicos, constituyen formas silenciosas de despojo que afectan directamente la planificación territorial, la justicia social y el desarrollo económico sostenible.
En este punto es relevante observar experiencias internacionales que pueden ofrecer lecciones para el país. Un caso emblemático es el de Colombia, donde el conflicto armado provocó el desplazamiento de millones de personas, en su mayoría campesinos, indígenas y afrocolombianos, generando una pérdida masiva de tierras. Ante esa situación, y con presión interna e internacional, el gobierno colombiano formuló un plan de restitución que se sustentó tanto en estándares internacionales —como los Principios Pinheiro de las Naciones Unidas— como en el mandato constitucional de garantizar los derechos fundamentales de la población desplazada. Ese plan incluyó medidas legislativas, judiciales y administrativas para registrar, proteger y devolver las tierras, e incorporó la participación directa de las víctimas en el diseño y ejecución del proceso.
Experiencias similares se han desarrollado en países como Sudáfrica, tras el apartheid, donde el gobierno implementó políticas de restitución y reforma agraria; en Bosnia y Herzegovina, donde se devolvieron propiedades a desplazados por la guerra; o en Argentina, donde la restitución de bienes culturales y tierras a comunidades indígenas ha sido parte de su agenda de justicia histórica. Todos estos casos muestran que, aun en contextos distintos, los programas de restitución son herramientas efectivas para la reconciliación, la equidad territorial y la reconstrucción institucional.
Aunque en la República Dominicana no existen condiciones de conflicto armado interno, sí se observan fenómenos comparables en términos de concentración injusta de la tierra, apropiaciones indebidas por élites económicas o políticas, ventas ilegítimas de terrenos del Estado, y abandono forzoso de propiedades rurales o urbanas por causas estructurales como la pobreza, la violencia, la falta de oportunidades o los desastres naturales. Por tanto, se vuelve jurídicamente viable y socialmente urgente crear un mecanismo nacional que permita restaurar derechos sobre bienes que han sido objeto de despojo o uso ilegítimo, ya sea por omisión estatal o acción directa de particulares. Este mecanismo debería contemplar la restitución a favor de víctimas —familias campesinas, comunidades vulnerables o el propio Estado dominicano—, pero también garantizar un uso socialmente justo de los bienes recuperados, con enfoque territorial y orientado al desarrollo humano sostenible.
Desde el punto de vista legal, no sería necesario partir desde cero. Existen disposiciones en leyes como la 368-22, la Ley 155-17 contra el lavado de activos, el Código Civil dominicano en materia de posesión y propiedad, y en la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, que pueden servir como soporte para estructurar un plan nacional. Sin embargo, la ausencia de una política articulada, con objetivos claros, instituciones responsables, presupuesto definido y mecanismos de seguimiento, impide que estas herramientas tengan el impacto necesario. La creación de una unidad nacional de restitución, con autonomía operativa, coordinación interinstitucional y presencia territorial, sería un primer paso para sistematizar la recuperación de bienes y permitir que el Estado retome el control sobre propiedades clave para el ordenamiento territorial.
Además, implementar este plan permitiría atacar directamente uno de los grandes males estructurales del país: la desigualdad en el acceso al suelo. Durante décadas, grandes extensiones de tierras fértiles han sido apropiadas o subutilizadas por actores con poder económico, mientras decenas de comunidades viven en terrenos sin titularidad, sin acceso a servicios públicos básicos y sin posibilidad de desarrollar proyectos productivos de largo plazo. La restitución de bienes, en ese sentido, no solo tiene un componente reparador, sino transformador: puede permitir una redistribución más justa del territorio, generar oportunidades para la agricultura familiar, recuperar espacios naturales ocupados irregularmente, y reforzar la soberanía territorial del Estado frente a dinámicas informales o delictivas.
Una estrategia nacional de restitución debe sustentarse también en datos concretos y registros confiables. En ese sentido, el país necesita actualizar su catastro inmobiliario y crear un registro especializado de bienes en disputa, despojados, abandonados o en uso irregular. Esta herramienta permitiría identificar patrones de ocupación informal, determinar áreas prioritarias para la restitución y diseñar mecanismos de titulación, compensación o recuperación judicial. De igual modo, se requeriría una campaña nacional de orientación ciudadana para motivar a las personas afectadas a presentar sus casos, así como asistencia técnica y legal gratuita para poblaciones en situación de vulnerabilidad.
El enfoque institucional debe ser descentralizado pero coordinado. Las alcaldías y distritos municipales tienen un rol clave en la identificación de bienes públicos ocupados irregularmente, pero deben actuar en conjunto con organismos como Bienes Nacionales, la Procuraduría General, la Dirección General de Catastro y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental. Una estructura interinstitucional bajo la rectoría del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo permitiría canalizar acciones, evaluar impacto y mantener transparencia en la ejecución del plan.
La implementación de un Plan Nacional de Restitución de Bienes no solo implica resolver situaciones pasadas, sino prevenir futuras formas de despojo. Es imprescindible que toda política pública sobre uso del suelo, distribución de tierras, titulación, expropiaciones o asentamientos humanos esté alineada con los principios de equidad, legalidad y función social de la propiedad. Asimismo, es urgente revisar normativas contradictorias o desactualizadas que permitan que procesos administrativos débiles sean aprovechados para legitimar apropiaciones ilegítimas de bienes del Estado o de terceros.
La restitución también debe contemplar la dimensión de género, ya que muchas mujeres han sido históricamente excluidas del derecho a la propiedad, especialmente en zonas rurales. Asegurar que las mujeres tengan igual acceso a los procesos de restitución, con medidas especiales para jefas de hogar, viudas o víctimas de violencia, es una condición esencial para garantizar justicia y equidad en la implementación del plan. Del mismo modo, se deben considerar mecanismos diferenciados para comunidades indígenas, campesinas o con formas colectivas de tenencia.
La experiencia internacional, especialmente el caso colombiano, demuestra que un plan de restitución puede ser exitoso si está acompañado de voluntad política, legislación clara, apoyo internacional y una estrategia de comunicación que lo legitime ante la sociedad. La República Dominicana, al contar con un marco legal reciente como la Ley 368-22 y un proceso de ordenamiento territorial en marcha, tiene una oportunidad histórica para avanzar hacia un modelo de desarrollo más justo y sostenible.
Como autor de este artículo, desde un enfoque técnico, considero que la creación de un Plan Nacional de Restitución de Bienes en la República Dominicana es no solo jurídicamente viable, sino estratégica y éticamente necesaria. Las bases legales existen, las capacidades institucionales pueden fortalecerse, y la demanda social de justicia territorial es evidente. No se trata únicamente de recuperar lo perdido, sino de reconstruir la relación entre el Estado y su territorio con un nuevo pacto de confianza ciudadana. La restitución de bienes debe entenderse como parte de una política pública de largo plazo, ligada a la sostenibilidad, la equidad, el ordenamiento territorial y el fortalecimiento democrático.
En definitiva, la creación de un Plan Nacional de Restitución de Bienes no es un lujo ni una agenda paralela. Es una necesidad estructural que complementa y fortalece la planificación territorial, la gobernanza democrática, la justicia social y la transparencia en la gestión del patrimonio público. Recuperar lo que fue despojado, devolver lo que fue injustamente apropiado y poner al servicio del bien común lo que estuvo en manos privadas de forma ilegítima, es una tarea de Estado, de país, de futuro.