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El Estado más cercano y las compras públicas: cuando nadie explica cómo participar

La brecha entre la legalidad del sistema y el acceso real al conocimiento

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Para la mayoría de los ciudadanos, una institución pública representa el rostro más cercano del Estado. Es el lugar donde se solicita información, se realiza una gestión o se busca orientación básica. Para muchos pequeños comerciantes, emprendedores y empresas en crecimiento, debería ser también el primer espacio donde formular una pregunta elemental y legítima: ¿qué tengo que hacer para venderle al Estado? Sin embargo, en la práctica, esa pregunta rara vez obtiene una respuesta clara, completa y comprensible.

En la República Dominicana, miles de personas producen bienes, ofrecen servicios y desarrollan actividades económicas con calidad suficiente para suplir al sector público. Ven al Estado como un cliente posible y, en muchos casos, como un aliado clave para crecer y formalizarse. No obstante, cuando intentan acercarse, se encuentran con un sistema que no se explica a sí mismo. Se les remite a plataformas digitales, leyes, reglamentos o enlaces técnicos, sin una orientación mínima que traduzca ese entramado normativo a un lenguaje accesible para quien no es especialista.

Basta observar una situación cotidiana: un pequeño suplidor que acude a un ayuntamiento o a una institución descentralizada para preguntar cómo registrarse como proveedor o cómo participar en un proceso de compras menores. En la mayoría de los casos, recibe respuestas fragmentadas, referencias genéricas a portales web o simples indicaciones de “buscar la ley”, sin que exista un punto claro de acompañamiento inicial. El resultado no es desinterés, sino frustración y abandono temprano del intento de participar.

Históricamente, el sistema de compras públicas se estructuró bajo un marco legal que buscaba ordenar, transparentar y controlar el uso de los recursos públicos. Hoy, con la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25 sobre Contrataciones Públicas, ese modelo se fortalece, se profesionaliza y eleva sus estándares de control. Sin embargo, este avance normativo no ha venido acompañado, de forma sistemática, de una política clara de orientación al ciudadano económico que desea participar.

Aquí emerge una realidad que pocas veces se aborda con franqueza: el sistema de compras públicas opera bajo el supuesto de que el proveedor ya sabe cómo funciona el Estado. Se asume que quien aspira a venderle al sector público domina procedimientos, plataformas electrónicas, obligaciones fiscales, garantías, seguros, formatos y plazos. Ese supuesto, aunque funcional para algunos actores consolidados, no refleja la realidad de la mayoría de los pequeños y medianos proveedores potenciales.

Las unidades de compras, tanto a nivel central como descentralizado, cumplen una función precisa y legítima: ejecutar procesos conforme a la ley y garantizar el debido procedimiento. No tienen, en la práctica, un mandato explícito de formar, orientar o preparar a los posibles oferentes. Otras áreas institucionales que podrían asumir ese rol —como oficinas de atención al ciudadano, desarrollo económico local o vinculación productiva— rara vez se articulan de manera efectiva con el sistema de contrataciones. El resultado es un vacío institucional: nadie asume de forma directa la responsabilidad de explicar cómo participar.

La nueva Ley núm. 47-25, lejos de corregir esta brecha, la hace más visible. Al elevar el nivel de exigencia técnica, documental y procedimental, el sistema se vuelve más robusto y más controlado, pero también más distante para quienes no dominan su lógica interna. Esto no constituye un defecto de la ley; es una consecuencia natural de un modelo que prioriza el control sin desarrollar, al mismo tiempo, capacidades de entrada.

Desde una perspectiva institucional, esto plantea una pregunta incómoda pero necesaria: ¿cómo se amplía la competencia si no se amplía el conocimiento del sistema? La competencia no se genera únicamente publicando procesos o habilitando plataformas digitales; se construye cuando más actores entienden cómo participar correctamente. Un sistema que nadie explica termina siendo, en la práctica, un sistema que pocos dominan.

También es importante desmontar un temor recurrente dentro del aparato público: orientar no compromete la transparencia. Explicar cómo funciona un proceso, qué exige la normativa o cómo prepararse para participar no equivale a favorecer a nadie. Por el contrario, reduce errores, mejora la calidad de las ofertas, disminuye impugnaciones y fortalece la legitimidad institucional. El silencio, en cambio, concentra el conocimiento en quienes ya lo poseen y reproduce desigualdades estructurales.

La ausencia de orientación institucional no constituye una violación legal, pero sí una omisión estratégica. La Ley 47-25 abre la puerta a un sistema más moderno, más exigente y más confiable. Sin embargo, sin una visión clara de acompañamiento básico al proveedor potencial, ese mismo sistema corre el riesgo de profundizar la exclusión práctica de nuevos actores, aun cuando cumplan con todos los requisitos formales.

Desde el punto de vista normativo, nada impide que las instituciones desarrollen mecanismos básicos de orientación general, estandarizada y no vinculante: guías públicas, charlas informativas, ventanillas de orientación inicial o espacios de articulación con áreas de desarrollo económico local. Estas acciones no alteran la ley, no comprometen la imparcialidad ni sustituyen los procesos formales; simplemente democratizan el acceso al conocimiento del sistema.

El Estado no puede limitar su rol a publicar procesos y esperar que el mercado se adapte por sí solo. Un Estado que compra también debe explicar cómo compra. No para garantizar resultados, sino para garantizar acceso real al conocimiento del proceso. De lo contrario, la contratación pública seguirá siendo formalmente abierta, pero operativamente restringida.

El verdadero desafío no está en cambiar la ley, sino en asumir la orientación como parte del servicio público. Mientras nadie explique de manera clara cómo participar, el sistema seguirá funcionando, pero siempre con los mismos actores. Y un sistema que solo entienden unos pocos, aunque sea legal y transparente, difícilmente puede considerarse verdaderamente accesible.

El Debido Proceso RD © 2025 Darlin Tiburcio. Todos los derechos reservados.
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Colección: Territorio y Nación – Ensayos sobre Desarrollo Municipal, Político y Social.

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